El derecho internacional regula, o aspira a regular, las relaciones de los diversos estados entre si y con otros entes públicos internacionales, así como las relaciones de los ciudadanos de unos estados con los de otros. 

Supone la existencia de una comunidad jurídica internacional, que ha nacido y se desarrolla como consecuencia de las relaciones necesarias que existen entre los pueblos.

Un derecho superior a los estados.

El derecho internacional ha sido hasta ahora un derecho entre los estados, pero no hay duda de que tiende a ser un derecho superior a los estados.

El derecho internacional tiene influencia sobre el derecho interno de los países. La celebración de acuerdos internacionales conduce, muchas veces, a modificar el derecho interno para adaptarlo a aquel. A la inversa, los principios del derecho interno orientan la política internacional de un país y, por ende, su posición en la celebración de compromisos jurídicos interestatales.

El derecho internacional está formado por las normas jurídicas internacionales que regulan las leyes de los Estados. Los acuerdos y tratados internacionales, las notas diplomáticas, las enmiendas y los protocolos forman parte de esta rama del derecho.

Además de los estados, tienen capacidad jurídica internacional otros entes u organizaciones como las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos (OEA), la UNESCO, los dominios que integran el Commonwealth Britanico, ciertas colonias, la Iglesia, la Corte Internacional de Justicia, los rebeldes reconocidos como beligerantes, etcétera

Frecuentemente se lo denomina también derecho de gentes. A pesar de la analogía de las palabras, no debe confundirse con el jus gentium de los romanos, que estaba formado por reglas de derecho Nacional aplicables tanto a los ciudadanos romanos como a los extranjeros.

El derecho internacional puede dividirse en público y privado:

  • El derecho internacional público supone el conjunto de principios que regulan las relaciones jurídicas de los Estados entre sí. Los individuos, por lo tanto, no son sujetos inmediatos de sus normas.
  • El derecho internacional privado, por su parte, tiene como principal objetivo la resolución de conflictos de jurisdicción internacional. Se encarga de definir cuál es la ley aplicable y de determinar la condición jurídica de los extranjeros.

Otra rama del derecho internacional es el derecho internacional humanitario. En este caso, se trata de las normas que, en tiempos de guerra, protegen a los civiles que no forman parte del conflicto. El derecho internacional humanitario intenta limitar el sufrimiento humano inherente a los enfrentamientos armados.

 

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